esta acción que supone la generación de una instancia de enunciación inédita también pone en cuestión la distinción tajante entre lenguajes estéticos (poéticos, gestuales, de la imagen) de apertura al mundo y reglas de la actividad comunicacional, así como la idea de que los primeros deben legitimarse en los segundos para reivindicarse en una acción comunicativa, pues la manifestación del litigio puede expresar un argumento que no estaba dado, precisamente al crear un escenario de visibilidad, un orden poético (en imágenes, gestualidades, posiciones de los cuerpos) –metáforas de una situación que hacen ver una cosa en otra– que permite otra apertura al mundo, en donde ese argumento pueda valer (cfr. Rancière, 1996: 79): el mundo en el que el objeto de discusión pueda figurar como objeto, los mundos en que esos actos de comunidad puedan valer como actos de comunidad, y en que los cuerpos manifestados disensualmente puedan contar como sujetos políticos (cfr. Rancière, 1996: 76-77)