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Daniel González Lagier

Quaestio facti Vol. I

  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    3) La dificultad intrínseca a algunas interpretaciones:
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    2) La ausencia o vaguedad de los criterios de interpretación
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    1) La relatividad de las interpretaciones respecto del Transfond
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    La certeza que se obtiene por medio de la inferencia probatoria nunca es una certeza lógica. Siempre hay un margen, mayor o menor, para el error. Esta es una de las razones por las que se ha dicho que la finalidad de la prueba no es descubrir la verdad de los enunciados que han de probarse, porque la verdad es un ideal inalcanzable.
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    El razonamiento probatorio comienza con una inferencia especialmente relevante, que consiste en la determinación de la fiabilidad que se le concede a las pruebas practicadas: la credibilidad de los testigos, la veracidad de los documentos, etc
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    c) Decidir y justificar. Los criterios de solidez de la inferencia probatoria tienen una doble utilidad: Una vez tomada la decisión, sirven para justificarla de cara a terceros; pero antes de tomada la decisión, sirven también como una guía en el razonamiento dirigido a averiguar la verdad
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    Es equivocada porque si tomamos en serio el argumento de que como en el proceso no podemos alcanzar la verdad absoluta entonces la verdad material no debe perseguirse en el proceso, también deberíamos abandonar la búsqueda de la verdad en la ciencia, la historia, o cualquier ámbito donde se investiguen hechos. La verdad absoluta no solo es inalcanzable para los jueces, sino para todos
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    Qué es, entonces, lo que habría que entender por «verdad procesal»? Creo que, más o menos, lo siguiente: «Un enunciado X es una verdad procesal cuando, a través de los medios procesales previstos en el Derecho, con sus exigencias y limitaciones, un órgano judicial ha llegado al convencimiento de que es altamente probable que ese enunciado describa un hecho realmente ocurrido».
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    Cuando decimos que el enunciado x, al que hemos llegado tras la valoración de la prueba, es verdadero, en realidad estamos diciendo que es «probablemente verdadero»,
  • Leoncio Vázquezhas quoted2 years ago
    Como señalan Alchourrón y Bulygin, «poner punto final a la discusión de la verdad no hace verdadero el enunciado». Si así fuera, los jueces serían infalibles y nunca podríamos decir de las decisiones de un tribunal de última instancia que son equivocadas (y todo el mundo entiende qué se quiere decir con esto)56. Y si los jueces pueden equivocarse, entonces la verdad procesal no es lo que los jueces dicen que es verdad
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